Subvenciones para proyectos de inversión en actividades empresariales para la diversificación agraria – MR708A

Subvenciones para proyectos de inversión en actividades empresariales para la diversificación agraria – MR708A

El objeto de las subvenciones a proyectos de inversión en actividades empresariales no agrícolas que gestiona la Agencia Gallega de Desarrollo Rural, con el fin de reforzar el tejido productivo empresarial en las zonas rurales de Galicia mediante lo apoyo a la adquisición de bienes de equipación inherentes a la actividad empresarial que están desarrollando las empresas existentes, con el fin de mejorar, ampliar o modernizar sus estructuras de producción y/o servicios.

Personas beneficiarias

Las pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales y constituidas con anterioridad a 1 de septiembre de 2025.

Personas físicas que residan en una zona rural. Las personas solicitantes deberán estar sujetas al régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos con anterioridad a 1 de septiembre de 2025.

Titulares de una explotación agraria, o miembros de suya unidad familiar hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación. La explotación agraria deberá estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga) y tener la cualificación de explotación agraria prioritaria en el momento de la solicitud de la ayuda.

Proyectos subvencionables

La adquisición de bienes de equipación con el objetivo de mejorar, ampliar y/o modernizar pequeñas empresas que desarrollan actividades productivas no agrarias en los siguientes sectores y ámbitos de actividad:

1º) Industrias, fábricas y locales destinados a la producción de bienes y materiales. No obstante el anterior, las inversiones relacionadas con la utilización de la madera como materia prima o fuente de energía se limitarán a las operaciones de segunda transformación.

2º) Transformación y/o comercialización de productos agrarios.

3º) Prestación de servicios en cualquier sector económico, con exclusión de las empresas de servicios agrícolas y forestales, y de las empresas de servicios energéticos, así como de las empresas que presten servicios en los sectores de hostelería (incluyendo todo tipo de empresas de alojamiento turístico) y restauración.

4º) Prestación de servicios sociales (guarderías, cuidado de ancianos, de personas con discapacidad, …)

5º) Actividades de ocio, recreativas y deportivas.

6º) Artesanía y actividades artesanales.

7º) Actividades en los sectores de la ingeniería, arquitectura, servicios técnicos, limpieza industrial y veterinaria.

8º) Comercio al por menor.

Investimientos subvencionables

Con carácter general, será subvencionable a compra de bienes de equipación nuevos afectos a la actividad empresarial, y que sean necesarios para el desarrollo de la actividad productiva de la empresa.

Intensidad de la ayuda

La ayuda será del 50% de los gastos subvencionales

PLAZO: 20/01/2026 00:00 – 19/02/2026 23:59

INFORMACIÓN

AÑADIR 981 547 369

GABINETE TÉCNICO AGROPECUARIO TERRA CHA,S.C.Galega 19/01/2026

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