TR341R – Ayudas para la conciliación de la persona trabajadora autónoma.

TR341R – Ayudas para la conciliación de la persona trabajadora autónoma.

1. Bono autónomo Concilia I.

2. Bono autónomo Concilia II.

3. Bono autónomo Concilia III.

OBJETO DE LA AYUDA

Concesión de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras que estén dadas de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o en el régimen de trabajadores del mar como trabajadoras por cuenta propia, así como las personas mutualistas; también pueden ser beneficiarias las personas miembros de sociedades mercantiles, laborales y civiles, y comunidades de bienes, a título individual.

ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍAS

Bono autónomo Concilia I.

Para ser beneficiaria de esta ayuda, la persona solicitante debe haber estado de baja por maternidad, paternidad o situaciones asimiladas. El contrato a realizar será de sustitución o contrato indefinido, según el caso. La contratación debe realizarse con una persona desempleada y debe llevarse a cabo dentro del período subvencionable (del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025). El contrato debe formalizarse por escrito, en modelo oficial, y las tareas que realizará la persona sustituta deben ser las mismas que las de la persona trabajadora autónoma sustituida.

Bono autónomo Concilia II.

Para ser beneficiaria de esta ayuda, la solicitante debe acreditar su relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona menor, mayor y/o con discapacidad o dependencia. En caso de no existir la relación de parentesco prevista, se deberá acreditar la convivencia en el mismo domicilio con la persona mayor y/o con discapacidad (con un grado igual o superior al 33 %) y/o dependiente, como mínimo en los tres últimos meses anteriores a la presentación de la solicitud. En el caso de menores acogidos, no será necesario acreditar la convivencia previa. La contratación debe realizarse con una persona desempleada.

Bono autónomo Concilia III.

Para ser beneficiaria de esta ayuda, la persona solicitante deberá acreditar la contratación de un centro o servicio de cuidado de menores, mayores y/o personas con discapacidad o dependencia.

PLAZO DE SOLICITUDES:
24/01/2025 00:00 – 30/09/2025 23:59

Si el presupuesto asignado no es suficiente para cubrir todas las ayudas solicitadas, se aplicará como criterio de prioridad la fecha de presentación.

INFORMACIÓN – Servicio de Empleo Autónomo

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